TRABAJO SOCIAL

27 junio 2006

LOS COLEGIOS PROFESIONALES

Desde ya hay que advertir que los colegios profesionales en Chile dejaron de existir por expreso mandato de las normas legales refundidas en el Decreto Ley N°3.621, las que en síntesis los redujeron a una mera asociación gremial. Los preceptos legales de este cuerpo de leyes no sólo concurrieron a modificar sino que, lo más trascendente, hicieron morir en su misma esencia las facultades económicas, éticas y disciplinarias que, sobre todo, los colegios Del país mantenían sobre sus asociados.

Con anterioridad a la vigencia del Decreto Ley N° 3.621 ya se había puesto en vigencia el Decreto Ley N° 2.757 (publicado en el Diario Oficial del 4 de julio del año 1979), el cual, en su inciso primero del artículo 1°, prescribía: "Son asociaciones gremiales las organizaciones constituidas por empleadores del sector privado, en conformidad a esta ley con el objeto de promover la racionalización, desarrollo y protección de las actividades que les son comunes en razón de profesión, oficio o rama de la producción o de los servicios". Acto seguido, el artículo 2° declaró: "La afiliación a una asociación gremial es un acto voluntario y personal y en consecuencia nadie puede ser obligado a afiliarse a ella para desarrollar una actividad ni podrá impedírsele su desafiliación".

Más tarde, con la dictación del D. Ley N° 3.163, publicado en el Diario Oficial el 5 de febrero del año 1980, el artículo 1° del D. Ley N° 2.757 fue reemplazado por el artículo 1° de aquel cuerpo legal, el cual declaró que: "Son asociaciones gremiales las organizaciones constituidas en conformidad a esta ley, que reúnan personas naturales, jurídicas, o ambas, con el objeto de promover la racionalización, desarrollo y protección de las actividades que les son comunes, en razón de su profesión, oficio o rama de la producción o de los servicios, y de las conexas a dichas actividades comunes".

Los textos legales mencionados redujeron a la nada los colegios profesionales del país, despojándolos del legítimo derecho que tenían para juzgar y llegar aun a sancionar con la pérdida del título profesional en el ejercicio de la profesión. Los cuerpos legales referidos los convirtieron de la noche a la mañana en meras asociaciones gremiales, similares a las de cualquier club deportivo, sin restarle la importancia que estos tienen para sus asociados y para el mismo país; la verdad es que, y tratándose del ejercicio de la profesión de Asistente Social, pronto todo el andamiaje ético y moral que vinculaba a los colegios obligatoriamente con sus asociados, se vendría estrepitosamente abajo.

Los efectos inmediatos de esta patética y nefasta realidad por todos conocida, motivaría una especie de relajación en la conducta profesional ética y moral-mente, toda vez que, existiendo ahora libertad para asociarse, por una parte y por otra, y aun formando parte de un colegio profesional, este carecía del imperio necesario para entrar a juzgar y a sancionar a sus asociados, quedando entregada ahora esta facultad a los tribunales de justicia, pero allí sólo y cuando se hiciera efectiva la responsabilidad penal del profesional.

Corroboró aún más la posición precedentemente anotada, la misma Constitución Política del Estado del año 1980, cuando en el N° 15° del artículo 19 asegura a todas las personas "El derecho de asociarse... Nadie puede ser obligado a pertenecer a una asociación". Y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, "Pacto de San José de Costa Rica", al cual adhirió Chile el año 1991, cuando señala en el artículo 16: "Libertad de Asociación", que "Todas las personas tienen derecho a asociarse libremente, con fines ideológicos, religiosos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos o de cualquiera otra índole".

Siento que en virtud de ello, que es necesario restituir esta asociación gremial, aprovechar estas instituciones que han perdido valor, para que de una u otra manera, puedan ser instancias de aprendizaje, reflexión y legislación sobre sus asociados...

ES NECESARIA LA PARTICIPACIÓN.... ¡¡¡¡A COLEGIARSE!!!